La Inmaculada Concepción, un dogma de fe muy español

Todo el mundo en general,
a voces, Reina escogida,
diga que sois concebida
sin pecado original.

(Miguel Cid. Siglo XVII)

Los antecedentes

Nos vamos a remontar tiempo atrás en la historia comenzando con un dato relevante: en el concilio de Éfeso (431) María había sido declarada como Madre de Dios.

A partir de ese momento comienza un largo periodo en el que determinadas cuestiones relacionadas con la Virgen se convierten en motivo de disputa y debate. 

De principios del siglo VII datan las primeras referencias a la fiesta de la Concepción de María. Se conmemoraba la concepción de Santa Ana, es decir, el milagro por el cual este matrimonio de ancianos engendraron milagrosamente a María. En esos momentos no se plantea la cuestión del pecado original

Sería más tarde, en el siglo IX, cuando esta festividad empieza a plantear la idea de inexistencia de pecado en la Virgen. 
A  partir de la segunda mitad del siglo XIII serán los franciscanos los que se conviertan en los grandes defensores del inmaculismo comenzando a celebrar la fiesta de la Concepción de María.

La España Concepcionista

Con los antecedentes anteriores, en España, la fiesta de la Concepción de María comenzó a celebrarse a finales del siglo XIII. Algo más de un siglo después, a comienzos del XV es una fiesta extendida por todo el territorio peninsular. 

Este amplio desarrollo se lo debemos al trabajo realizado por los franciscanos que con sus predicaciones influyeron de manera sustancial en todos los estamentos y sectores sociales, desde la gente más humilde hasta los reyes. 

Durante el siglo XVI la fiesta siguió popularizándose y extendiéndose por todos los sectores sociales, alcanzando un gran predicamento entre las clases populares. 

Un hecho trascendente en la segunda mitad de siglo fue el famoso “Milagro de Empel”, un acontecimiento que culminó la estrecha relación entre los soldados de los Tercios de la Monarquía Hispánica con la Virgen María. Este hecho ocurrido en las frías y húmedas tierras holandesas en la madrugada del día 8 de diciembre de 1585 supuso la proclamación de la Inmaculada Concepción como patrona de los Tercios. Un patronazgo que se anticipa en 300 años a la proclamación de Nuestra Señora la Purísima e Inmaculada Concepción como patrona del Arma de Infantería del Ejército de Tierra (1892).

Con todo, a lo largo del siglo XVI la fiesta de la Limpia Concepción de María no dejó de ser una festividad más en el calendario litúrgico anual, sobre todo ante la indiferencia prestada a este asunto en el famoso Concilio de Trento que al hablar de la universalidad del pecado original no define el dogma de la excepción de María.

Sin embargo, el fervor inmaculista surgiría con mucha más fuerza en el siglo XVII, en concreto en una ciudad del sur de España, en Sevilla.

La Inmaculada como proyecto nacional en el siglo XVII

A lo largo del siglo XVII la monarquía española emprenderá un largo proyecto reivindicativo que se extenderá a lo largo de varios reinados diferentes para obtener de la Santa Sede la proclamación dogmática de la Inmaculada Concepción.

La devoción inmaculista había alcanzado altas cotas de popularidad en los inicios de siglo gracias a la labor de la orden franciscana, los grandes defensores de esta festividad, tanto es así que la Corona, compartiendo esta extendida devoción, comienza a desplegar una intensa labor diplomática ante el Santo Padre para obtener la declaración dogmática de este misterio.

Pero no todos remaban en la misma dirección. 

En esos años iniciales del siglo, se produce un claro enfrentamiento entre los que estaban a favor del misterio inmaculista (concebida sin pecado original), que buscaban el reconocimiento del dogma por el papado  (franciscanos) y aquellos contrarios a la tesis inmaculista (dominicos), afiliados  la postura de la iglesia oficial que aún no se había pronunciado sobre este asunto. 

El Papa en esta controversia no acababa de decantarse a favor de los inmaculistas al mantenerse bajo la influencia del recordado y aún cercano Concilio de Trento y, por tanto, el hecho de definir dogmáticamente esta materia casi podría interpretarse como ir en contra los presupuestos del famoso concilio.

Uno de los aspectos más interesante de esta situación es que el escenario donde todas estas tensiones salieron a la luz fue la ciudad de Sevilla. 

El estallido inmaculista en Sevilla.

Todo comenzó en 1613 con un sermón de un padre dominico en el que ponía en duda la concepción inmaculada de la Virgen (recordemos que en ese momento la Iglesia no se había pronunciado sobre este tema todavía). 

Como era de esperar la reacción popular (alentada desde otras esferas eclesiásticas) fue inmediata: novenas, funciones, procesiones, pasquines, pintadas… problemas de orden público que obligaron al Papa a reconocer la doctrina inmaculista (no el dogma) y prohibir a los otros (dominicos) la difusión de sus argumentos. Siguieron años de fervor inmaculista en todas las esferas sociales  (cofradías y hermandades, universidad, cabildos…)

La evolución posterior

Al margen de estos sucesos sevillanos, a lo largo del siglo XVII apenas se consiguieron más concesiones por parte de Roma. 

Por el contrario, durante el papado de Inocencio X (mediados del XVII), el Santo Oficio publicó un decreto promovido por los maculistas, donde se decía que la fiesta inmaculista no debía llamarse de la Concepción Inmaculada de la Virgen, sino de la Concepción de la Virgen Inmaculada y prohibiendo el uso de la expresión Concepción Inmaculada. Esta denominación significaba que la Virgen María no había sido concebida sin pecado original desde el primer instante de su ser natural, sino santificada después de su concepción. Era un retorno a las disputas teológicas de la Edad Media.

Esta decisión del Papa dio lugar a que en Sevilla se produjera un rebrote del sentimiento inmaculista con nuevas acciones (graffitis, reproducciones artísticas, publicaciones…) que desafiaban a la mismísima inquisición.

Con la llegada de Alejandro VII la cuestión inmaculista dio un cambio radical: se revocó el anterior decreto inquisitorial y se permitió el uso de Concepción Inmaculada además de la publicación de una Bula (Sollicitudo omnium ecclesiarum) que confirmaba definitivamente las tesis inmaculista, cerrando la puerta a quienes la negaban y zanjando definitivamente las controversias que sobre este asunto se habían mantenido a lo largo de varios siglos. 

Sin embargo, la definición del dogma seguía en el aire. En lo que restaba del siglo XVII las gestiones españolas en el Vaticano dieron algunos resultados en materia litúrgica pero no obtuvieron el premio de la declaración dogmática.

El siglo XVIII y XIX

El siglo comenzó con la una Bula del Papa (1708) por la que se reinstauraba la Fiesta de la Inmaculada con carácter obligatorio para la Iglesia Universal.

En 1760, el nuevo rey Carlos III inició las gestiones para proclamar a la Inmaculada Concepción como patrona de España. Ese mismo año, el Papa concedía el patronazgo mediante el Breve Quantum Ornamenti (noviembre de 1760). 

En 1761 (enero) el Rey Carlos III nombraba Patrona y Protectora de España (y de todos sus reinos) a la Inmaculada Concepción de la Virgen María.   

La ansiada definición dogmática de la Inmaculada Concepción no llegaría hasta el 8 de diciembre de 1854, durante el reinado de Isabel II y en un periodo en el que la presión española en este asunto sobre la Santa Sede se había ido diluyendo por el reducido poder de influencia de la monarquía española en esa etapa de nuestra historia. El Papa Pío IX proclamó el Dogma de la Inmaculada Concepción en la Bula “Ineffabilis Deus, definiendo como dogma de fe la doctrina que enseña que la bienaventurada Virgen María fue preservada inmune de toda mancha de pecado original en el primer instante de su Concepción por singular gracia y privilegio de Dios omnipotente, en atención a los méritos de Jesucristo, Salvador del género humano, es revelada por Dios, y por lo mismo debe creerse firme y constantemente por todos los fieles.

Villalba y la Inmaculada Concepción

Villalba no es ajena a estas vicisitudes históricas. Como parte de los territorios que conforman España, estas decisiones adoptadas en las grandes cancillerías europeas repercuten directamente en la vida de los villalberos.

Un ejemplo, quizás el más significativo, es la declaración que nuestro ayuntamiento realiza en el año 1762 con motivo de este patronazgo (hay otra de finales del año 1761, pero por su mal estado  hemos escogida esta segunda declaración). Desgraciadamente el mal estado del documento (este segundo también) impide la lectura completa del texto, aunque la parte legible expone unos hechos que no son más que el reflejo de esa historia general en la historia local de nuestro pueblo.

En la villa de Villalba del Alcor a [veinte y] cuatro días del mes de [ilegible] de mil setecientos sesenta y dos, estando en las casas del ayuntamiento juntos los señores Francisco Jiménez de Salas y Alonso Benítez, alcaldes ordinarios, Andrés de Cebreros, alguacil mayor, Lázaro Reinoso. don José de Cáceres , Bartolomé Moreno y Fernando Martín Zambrano, regidores, y don José Ponce de León, padre general de menores y ausente desta dicha villa, por ante mi el escribano, dijeron que por cuanto por bula de su Santidad, nuestro Santo Padre Clemente Décimo Tercio, su fecha en siete de noviembre del año próximo pasado está declarada por patrona de España (sin perjuicio del patronato del apóstol Santiago) a María Santísima Madre de Dios por el título de su Concepción Purísima que es tenido de todo el pueblo cristiano por verdad que excluye toda duda como lo están las otras verdades expresadas en el símbolo de la fe y se persuade con el aplauso y afecto universal de toda la iglesia, de todas las naciones y de todos los pueblos y la devoción con que [miran] este misterio todos, plebeyos y grandes, príncipes y reyes, ignorantes y sabios, seculares y religiosos, justos y pecadores, cuya bula que a instancia y solicitud de la ardentísima devoción de nuestro católico monarca don Carlos Tercero (que Dios guarde) fue su Santidad servido expedir, ha sido de tanto consuelo para todos los españoles que ha movido los ánimos en aquella parte, que [cabe] y les permite la respectiva posibilidad esforzarse en [h]acimientos de gracias a su Divina Majestad, el celebrar a tan divina señora abogada nuestra por tan santa resolución y declaración, en cuya atención acordaron se den a esta divina señora, a su concepción purísima y a tan alto y santo // pensamiento como el de nuestro devotísimo monarca y santísimo Padre Clemente Décimo Tercio los elojios que permita la posibilidad de este cabildo de haberse logrado tan ventajoso deseo de obtener por patrona de España el alto y soberano misterio de la Purísima Concepción y se celebre con la mayor alegría que se pueda; y que para que sea con el mayor esmero posible según las fuerzas y caudal sin que falte circunstancia alguna [y] que sea de la mayor honra y gloria de Dios y de su Santísima Madre, aunque sea valiéndose del auxilio de don Francisco de Cepeda y Toro, vecino de esta villa que supla y aguarde por lo que gastare de más de lo regular de lo que este cabildo puede actualmente, mediante a que en otras ocasiones de menos empeño ha socorrido las indigencias que ha tenido por beneficio del común de este pueblo por natural inclinación y buenos pensamientos nativos de su mucha calidad; y le nombraron por diputado de dicha fiesta para que la disponga y ordene a su arbitrio, pues de este modo será muy lucida la función cuyos costos se abonen a el tesorero de propios y para ello se saque copia de este acuerdo y se remita a su majestad y señorías de su Real y Supremo Consejo de Castilla por mano del señor Asistente de Sevilla.  

Como vemos, Villalba celebró, aunque de manera modesta y con la ayuda de algún que otro vecino, la tan significada fiesta de la Inmaculada Concepción.

¿Y por qué no? colocar un azulejo conmemorativo sobre una de las puertas de acceso al templo… la de la nave de las mujeres.

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