El nacimiento de un heredero

1610 fue un año un poquito más especial para los habitantes de los estados del conde de Miranda. El linaje garantizaba su continuidad con el nacimiento de un varón, futuro heredero de sus títulos y posesiones. 

Ese año, también los vecinos de Villalba celebraron con especial  la buena noticia del nacimiento del heredero. Así lo recogen las crónicas municipales de ese año. 

Pero antes de pasar a detallar los pormenores de la organización de una fiesta tan señalada tenemos que hacer una serie de apreciaciones.

  • La primera es que la duquesa condesa de Miranda que aparece en el documento haría referencia a la VI condesa de Miranda, doña María de Zúñiga y Avellaneda, casada con su tío paterno (hermano de su padre, el V conde de Miranda), don Juan de Zúñiga y Avellaneda.
  • La segunda es que el documento hace referencia también al nieto de la condesa, el que a la postre sería el VII conde de Miranda ya que este título pasó de abuela a nieto (el hijo de la condesa, padre del recién celebrado recién nacido es el II duque de Peñaranda ya que fue un título que se incorporó a este estado con al “abuelo”, Juan, que fue el I duque de Peñaranda) porque el hijo de la condesa (y padre de la criatura) murió antes que su madre.
  • Y en tercer lugar, el heredero recién nacido supuestamente podría tratarse de Francisco de Zúñiga y Avellaneda, futuro VII conde de Miranda, aunque surgen algunas algunas dudas al respecto ya que según las referencias históricas el heredero nació en 1611 mientras este documento está fechado en 1610. Estaríamos entonces ante el nacimiento de un heredero que no sobrevivió y que por tanto no es Francisco, que habría nacido un año después.

En cualquier caso este nacimiento fue un motivo de celebración y de ello ha quedado constancia escrita.

En la villa de Villalba del Alcor, a veinte e cuatro días del mes de octubre de mil y seiscientos y diez años, estando juntos en el cabildo desta villa en las casas dél, como lo han de uso y costumbre, conviene a saber: su merced el señor doctor Alonso de Herrera , gobernador y justicia mayor desta villa, y Pedro Moreno y Martín Morante, alcaldes ordinarios, y Juan de Mendoza y Francisco García de Arcos y Juan de Anguas y Diego Mateos, regidores y Alonso Pardo Moreno, procurador síndico, que a este cabildo asistió, todos oficiales del cabildo desta villa. Y estando en el dicho cabildo se trató entre ellos lo siguiente.

Que habiendo rescebido una carta de su excelencia la duquesa condesa de Miranda, mi señora, acerca de que había sido Nuestro Señor servido de dalle a este estado un nieto de su excelencia, hijo del duque mi señor, ques primogénito y heredero destos estados y que esta villa haga la demostración que debe a la merced que Dios le ha hecho y questa demostración se haga con algunas alegrías y fiestas, las mejores que a esta villa, según su posible, [le sea posible] pueda, para lo cual acordaron se haga lo siguiente:

  • Que dando gracias a Nuestro Señor se haga decir una misa de Espíritu Santo con toda solemnidad cuanta sea posible y que haya sermón y que para ello se convide a quien convenga y que haya regocijo de campanas y lum[in]arias en la iglesia mayor y en las casas del cabildo.
  • Que se pregone el día antes que todos los vecinos y moradores desta villa la noche previa y la siguiente que será el día de las fiestas pongan a sus puertas o ventanas las luminarias que puedan // y que se ponga pena para que se cumpla.
  • Que así mismo para las dichas noches se hagan y pongan cohetes que se echen desde la torre de la dicha iglesia y desde los corredores delan[? ]
  • Y así mismo se envíen algunos otros a el monesterio.
  • Que también de parte de este ayuntamiento se diga a el prior y frailes deste convento esta buena y alegre nueva que se trae y como su excelencia ha mandado a este cabildo que se alegren y le ayuden a dar gracias a Nuestro Señor por la merced que les ha hecho a su excelencia y su casa con este buen parto y nascido para que siendo servidos hagan de su parte lo que más bien le parezca para ello y que (en) nombre deste cabildo lo diga y pida los dichos alcaldes ordinario y dos regidores que serán Juan de Mendoza y Francisco García de Arcos. 
  • Y por cuanto de presente no hay caballos en esta villa con que poderse hacer juego de cañas*, que se haga todos los demás regocijos otros que más se pueda.
  • Y se acordó fuesen lidiar un toro y capear otros muchos en la plaza desta villa y que el toro lo procure y compre [—] Juan Lorenzo, obligado (de la carne) y que las barreras que pare este día fueren necesarias las acomode y ponga en orden el regidor Juan de Anguas y que saque para ello la madera y lo que más fuere necesario do lo hallare y compren.
  • Y que se haga una comedia el día de la fiesta en la iglesia por mano de Antón Zambrano y Alonso de Cabrera y que aquella noche de la dicha fiesta se pregone que todos los vecinos //  desta villa que quisieren salir de máscara a caballo o a pie lo puedan hacer sin pena.
  • Y así mismo se traigan chirimías* y atabales* de Sevilla.
  • Y por cuanto se hizo tanteo de cuenta con el receptor para ver que dinero había para acudir este cabildo a los gastos necesarios que de presente tiene en estas fiestas y se halló quel receptor no tiene en su poder dinero del cabildo y que le es debido mucha cantidad por particulares vecinos desta villa en razón de las vacas demasiadas que han tenido y tienen en la dehesa contra lo permitido por la ordenanza, se acordaba y acordó que las copias que hay desto se pongan en el libro en la forma acostumbrada y den mandamiento para la cobranza, guardando el orden [—-] y que para esto los alguaciles y receptor acudan con todo rigor luego y si hubiere alguna dilación o impedimento lo digan luego a este cabildo para que se acuerde lo que convenga 
  • Y que todo el gasto que se hiciere sobre esto siendo expresado por la persona que lo hiciere y jurado se resciba y mande pagar de los bienes del cabildo y de su receptor en su nombre y así lo acordaron y firmaron. 

*Juegos de cañas. Juegos que simulaban combates a caballo utilizando cañas.

*Chirimías: en referencia a los instrumentos (antecesor del oboe) y músicos que los tocan. 

*Atabales: instrumentos de percusión parecidos a los timbales

Bueno, solo queda decir que en lo que a fiestas se refiere… no hemos inventado nada.

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